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La cobertura del seguro de crédito a la exportación abarca el RIESGO DE FABRICACIÓN, RIESGO DE CRÉDITO y CCR.

El Decreto nº 7.333, de 19.10.10, da nueva redacción a las disposiciones del Decreto nº 3.937, de 25 de septiembre de 2001, que reglamenta la Ley nº 6.704, de 26 de octubre de 1979, que trata sobre el Seguro de Crédito a la Exportación.

La Ley 6.704 del 26 de octubre de 1979, dispone sobre el seguro de crédito a la exportación.

La Ley 9.818 del 23 de agosto de 1999 , ha creado el Fondo de Garantia a la Exportación - FGE, vinculado al Ministerio de Economia y Hacienda con el objetivo de conceder cobertura a las garantias prestadas por la Unión en las operaciones de seguro de crédito a la exportación. Los recursos del FGE son destinados a las operaciones que el riesgo y extraordinario abarcan el plazo total de la operación y a las operaciones con plazo de financiamiento superior a 2 años que el riesgo comercial abarca.

El Decreto 3937 del 25 de septiembre de 2001, con las debidas alteraciones hechas por los decretos 4041 de 03.12.2001 y 4539 de 23.12.2002, reglamenta la Ley 6704/79.

 

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